Presidencia de la Nación

Transversalización de la perspectiva de género en Parques Nacionales


Transversalizar la perspectiva de género significa visibilizar y analizar las desigualdades entre los géneros, las relaciones de poder existentes entre los mismos, e intervenir para modificarlo. Es decir, incluir la perspectiva de género y diversidad en todas sus acciones y avanzar en la construcción de políticas públicas capaces de transformar las estructuras desiguales existentes.

En este sentido, la igualdad de género debe ser uno de los principios que guíe el diseño, la ejecución y la evaluación de todos los planes, programas y proyectos de la Administración de Parques Nacionales.

Conservar con perspectiva de género

Argentina se compromete con la transversalización de la igualdad de género en las políticas de conservación de la biodiversidad, misión central de las áreas protegidas, en la ratificación del Convenio de Biodiversidad Biológica por Ley Nacional Nº 24375 y en las Conferencias de las Partes de dicho Convenio, en las que se proponen planes y medidas para alcanzar los Objetivos de Desarrollo Sostenible y el Plan de Acción sobre Género, que implica el reconocimiento de las relaciones diferenciadas que tienen las mujeres y las personas LGTBI+ con respecto al ambiente, a sus recursos y a los beneficios derivados de dichas relaciones.

Las desigualdades de género se manifiestan en las diferencias de oportunidades y de resultados de las mujeres y LGTBI+ y en las brechas respecto al acceso al uso y/o control de los recursos naturales y productivos como la tierra, el agua, la tecnología, la producción, la comercialización, los beneficios obtenidos a partir de su trabajo; así como en el derecho a la participación política y comunitaria y a la toma de decisiones.

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