Presidencia de la Nación

Fallecimiento de una persona cercana

Te acompañamos en este momento que vas a atravesar como familiar de la persona fallecida.


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Decisiones a tomar

  • Tratar la cuestión de la donación de órganos dentro de las 24 horas. Aunque sea doloroso es necesario que averigües la intención del fallecido respecto a la donación de órganos, ya que de no existir una manifestación de cuál es la voluntad, la ley presume que la persona es donante.

  • ¿Sabés si quería entierro o cremación? Recordá que para la cremación tenés que solicitar una licencia de cremación. Consultá en el Registro que te corresponde cuáles son los pasos a seguir.

  • Averiguá si el fallecido o tu familia tienen alguna parcela en algún cementerio (público o privado).

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Documentos que debés tener a mano

  • DNI, LE o LC del fallecido/a, original y fotocopia.

  • Documento público (Libreta de matrimonio y/o Partida de nacimiento) a ser presentado por el familiar, donde se encuentre acreditado el vínculo con el fallecido.

  • Certificado de defunción del médico. Solicitar una copia.

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Pasos a seguir

Organizá el sepelio
  • Contratá una empresa de servicios fúnebres.

  • Si estás viajando por otro país o sos residente, averiguá qué tenés que hacer en el Consulado o Embajada argentina de ese destino.

  • Avisá en tu trabajo y averiguá los días de licencia que te tocan como trabajador (privado o estatal).

  • Averiguá si el fallecido o tu familia tienen una parcela en algún cementerio (público o privado).

Cementerios privados

Consultá cuales son los derechos y obligaciones tanto para los dueños de parcelas como para los administradores de cementerios privados.

Organizá los papeles
  • Clasificá los documentos. Esto te permite revisar: deudas, cuentas por cobrar, garantías hechas por el difunto (en un banco o en favor de un inquilino), ventas en vida de la persona fallecida.

  • Comunicate con el empleador y tramitá el cobro del seguro de vida, si corresponde.

  • Informá la defunción a los bancos y compañías aseguradoras para el cierre de sus cuentas, la cancelación de deudas aseguradas (tarjetas de crédito, préstamos personales, etc.) y el cambio o baja en los seguros contratados: seguro de hogar o seguro de vehículos.

  • Si ya tenés la partida de defunción podés asentar el fallecimiento en la libreta de matrimonio. Averiguá en el Registro que te corresponde cuáles son los pasos a seguir.

  • Si hay bienes de por medio, iniciá la sucesión.

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Beneficios que te corresponden (cobros)

Subsidio de contención familiar

Si tu familiar era jubilado/a o pensionado, podés solicitar el subsidio que te va a ayudar a afrontar los gastos de sepelio.

Pensión derivada por fallecimiento de un beneficiario

Cuando fallece un jubilado, los familiares tienen el derecho a una pensión: la viuda/o (cónyuge o concubino/a previsional) y los hijos/as solteros hasta los 18 años (que no perciban otra prestación), pueden solicitarla.

Pensión por fallecimiento de un trabajador

Si el trabajador fallecido cumplía con la condición de aportante regular o irregular con derecho, los familiares pueden tramitarla.

Cobro de haberes de un jubilado o pensionado fallecido

Si sos familiar de un jubilado o pensionado fallecido podés percibir los días pendientes de cobro (más la proporción del aguinaldo que corresponda) hasta el día del fallecimiento.

Incluir a un nuevo integrante en una pensión ya existente

Si querés acceder a la pensión que ya está cobrando un familiar de la persona fallecida, tenés que acreditar el vínculo con esa persona fallecida, para poder compartir el cobro del beneficio.

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