Presidencia de la Nación

Solicitar ANR NANOBIOTEC

Para financiar parcialmente, mediante aportes no reembolsables (subsidios), ensayos necesarios para la aprobación, por parte de las autoridades regulatorias, o la validación agronómica, de productos originados por la biotecnología o nanotecnología. Para aquellos productos de desarrollo reciente, en los que se requiera proteger la propiedad intelectual, podrán financiarse los gastos asociados al patentamiento. Los productos biotecnológicos destinados al sector salud, humana o animal, pueden ser biomoléculas, biofármacos, desarrollos asociados a moléculas biológicas, bioterapeuticos vivos, o Kits de diagnóstico. En el marco de esta línea de financiamiento, serán elegibles además desarrollos nanotecnológicos siempre y cuando estén asociados a una o más moléculas biológicas o moléculas de síntesis química.

En linea

CONVOCATORIA EN EVALUACIÓN

Se están procesando las propuestas recibidas

La Agencia Nacional de Promoción de la Investigación, el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, a través del Fondo Tecnológico Argentino (FONTAR), llama a la presentación de proyectos que consistan en la realización de ensayos necesarios para la aprobación, por parte de las autoridades regulatorias, o la validación agronómica, de productos originados por la biotecnología o nanotecnología (ANR NANOBIOTEC), en el marco del Programa de Innovación para el Crecimiento Inteligente N° 9434 AR.

Montos

El monto del financiamiento tendrá un mínimo de PESOS CINCUENTA MILLONES ($50.000.000) y un máximo de hasta PESOS DOSCIENTOS MILLONES ($200.000.000).

Plazo de Ejecución

El plazo de ejecución será de hasta TREINTA Y SEIS (36) meses.

Manual de operaciones actualizado según Disposición 652/23 del 5/12/23.

La ventanilla fue aprobada mediante Resolución N° 154/2023 con fecha 10/05/2023.

En el marco de las funciones de la AGENCIA I+D+i establecidas por el Decreto 157/20, este organismo tiene la facultad de proceder al cierre de la Ventanilla Permanente cuando lo considere correspondiente.

Datos bancarios del BIRF para el pago del pliego:

C/C $ N° 63.010/30
"173-PINCRI BIRF 9434 ARS"
CUIT N° 30-70765520-4
CBU: 0110599520000063010307

¿A quién está dirigido?

A empresas grandes.
A Pymes.

¿Qué necesito?

Cumplir con los requisitos y la documentación que se solicita en las Bases de la convocatoria.

¿Cómo hago?

1

Leer las Bases de la convocatoria y documentación respectiva que se encuentra en está página.

2

Realizar la presentación del proyecto mediante el Sistema de Gestión de Proyectos (SGP).

¿Cuál es el costo del trámite?




Descargas

Bases y condiciones (507.3 Kb)

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Formularios (857.1 Kb)

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Resolución 145/2023 (478.8 Kb)

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Manual de operaciones - Actualización 12-2023 (447.4 Kb)

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Disposición 652/2023 (487.6 Kb)

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