Presidencia de la Nación

Obtener un Permiso de Ingreso Temporario por reunificación familiar (padre, hijo, cónyuge)

Art. 23° in fine del Decreto 616/2010.


Extranjero que sea requerido para ingresar al país con el fin de residir, que sea padre, cónyuge, hijo soltero menor de 18 años o hijo con discapacidad de residente temporario.

¿A quién está dirigido?

EL SOLICITANTE: Familiar dador de criterio.

EL APODERADO DEL SOLICITANTE: con poder/designación con facultades suficientes (ante escribano público o funcionario de la DNM).

¿Qué necesito?

Del solicitante: (Familiar dador de criterio)

  1. DNI del dador de criterio con domicilio actualizado, debe coincidir con el del certificado de domicilio presentado.

  2. Certificado de domicilio del dador de criterio, o una factura de algún servicio público a su nombre (ABL, electricidad, agua o gas),

  3. Documentos que acrediten el vínculo familiar invocado:

  • Partida de nacimiento/matrimonio/certificación de unión convivencial, debidamente legalizada o apostillada por el consulado argentino en el país de origen. En caso de estar redactado en idioma distinto del español, deberá estar traducido por traductor público nacional y legalizado por el Colegio de Traductores.
    A los efectos de ser utilizada como documentación probatoria del vínculo invocado, la unión convivencial celebrada en el extranjero deberá registrarse previamente en el Registro Civil.
  1. Documentación que acredite la solvencia económica del (solicitante) llamante:
  • Últimos tres (3) recibos de haberes en caso de trabajar en relación de dependencia.

  • Certificación contable de ingresos y egresos correspondiente a los últimos tres meses legalizada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas.

  • Toda otra documentación que acredite sus ingresos en caso de ser trabajador autónomo o monotributista.

  • En el caso que la solvencia económica la provea un tercero, éste deberá dejar constancia de ello por escrito mediante una nota que será suscripta ante el agente migratorio al momento de iniciar el trámite, o contar con la certificación de firma realizada ante escribano público con su respectiva legalización. Presentará su DNI actualizado, documentación que pruebe el vínculo con el llamante (acta de nacimiento o matrimonio, o certificación de unión convivencial), y certificado de domicilio, ya que deberá compartir el mismo domicilio del llamante.

Del apoderado:

  • Poder otorgado por el Requirente, con facultades suficientes para actuar ante este la DNM. (original y copia).

  • DNI vigente del apoderado (original y copia).

Del ingresante:

Nota de solicitud detallando los motivos de la petición, conteniendo los siguientes datos del ingresante:

  • Nombres y Apellidos

  • Fecha de Nacimiento

  • Número de pasaporte

  • País de nacimiento

  • Nacionalidad.

  • Estado civil

  • Profesión

  • Nivel de estudios cursados

  • País y ciudad donde reside.

  • Consulado donde visará su pasaporte (Consulado Argentino en el país de origen, o en donde resida legalmente).

  • Domicilio donde residirá el extranjero durante su estadía en nuestro país.

  • Detalle de las prestaciones que tomará a su cargo el solicitante (vivienda, viáticos, etc.).

La nota de solicitud deberá ser suscripta por el Llamante o el Apoderado del Llamante al momento de solicitar el Permiso de Ingreso en presencia del agente migratorio, quien certificará su firma.

Ver modelo de nota de solicitud.

Copia completa y actualizada del pasaporte válido y vigente del ingresante.

Podrán requerirse mayores elementos probatorios de los extremos alegados por los interesados.

¿Cómo hago?

1

Para trámites en Sede Central, solicitá turno escribiendo a [email protected].

Presentá la nota de solicitud con documentación correcta y completa en la Dirección Nacional de Migraciones: Av. Antártida Argentina 1355 -CABA o en las Delegaciones de todo el país

2

Durante el período de supervisión de la solicitud presentada, podrás seguir el estado de tu trámite

3

Una vez resuelto el trámite, debés presentarte en donde hayas iniciado la solicitud a los fines de notificarte del otorgamiento del mismo, y poder informarle al extranjero que puede presentarse ante el Consulado Argentino que le corresponda con el fin de obtener su visa.

¿Cuál es el costo del trámite?

Vigencia


Residencia temporaria por idéntico plazo que el dador de criterio.



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