Presidencia de la Nación

Obtener un permiso de Ingreso temporario como trabajadores contratados

Artículo 23°, inciso "a" de la Ley 25.871 y el Decreto 616/10.


Extranjeros que sean requeridos en virtud de ser contratados por personas de existencia visible o ideal establecidas en el país, para prestar servicios para éstas de conformidad con la legislación laboral argentina.

¿A quién está dirigido?

EL EMPLEADOR: debidamente inscripto en el Registro de Requirentes de la Dirección Nacional de Migraciones.

EL APODERADO DEL EMPLEADOR: con poder/designación con facultades suficientes (ante escribano público o funcionario de la DNM).

¿Qué necesito?

DEL REQUIRENTE:

  • Constancia de Inscripción en el Registro Nacional Único de Requirentes (Re.N.U.R.E.), (original y copia).

  • Constancia de CUIT.

  • Constancia de Inscripción y últimos 3 pagos de IVA, Ingresos Brutos y Ganancias (No deberá presentarlos en caso de tratarse de un Gran contribuyente Nacional), (original y copia).

DEL APODERADO:

  • Poder otorgado por el Requirente, con facultades suficientes para actuar ante la DNM. (original y copia).

  • DNI/C.I. vigente del apoderado (original y copia).

DEL INGRESANTE:

1 - Nota de solicitud detallando los motivos de la petición, conteniendo los siguientes datos del los ingresantes:

  • Nombres y Apellidos.

  • Fecha de Nacimiento.

  • Número de pasaporte.

  • País de nacimiento.

  • Nacionalidad.

  • Estado civil.

  • Profesión.

  • Nivel de estudios cursados.

  • País y ciudad donde reside.

  • Plazo de permanencia pretendido.

  • Consulado donde visará su pasaporte (Consulado Argentino en el país de origen, o en donde resida legalmente).

  • Domicilio donde residirá el extranjero durante su estadía en el país.

  • Detalle de las prestaciones que tomará a su cargo el solicitante (vivienda, viáticos, etc.).

  • Descripción de las tareas a desarrollar por el extranjero en el Territorio Nacional y su relación con la actividad de la firma requirente.

  • Actividad que desarrolla la empresa donde presta servicios el ingresante, indicando el nombre de la misma y cargo que ocupa.

  • Si el ingresante visitó anteriormente la República, indicar fecha y motivos.

La nota de solicitud deberá ser firmada por el Requirente y contar con la certificación de la misma por Escribano Público. De presentarse el requirente a solicitar el Permiso de Ingreso, éste podrá suscribir la solicitud en presencia del agente migratorio, quien certificará su firma.

2 - Copia completa y actualizada del pasaporte válido y vigente del ingresante.

3 - Contrato de trabajo ofrecido, el cual deberá contar con la siguiente información:

  • Datos personales de las partes.

  • Domicilio del extranjero en el exterior.

  • Tareas a realizar por el ingresante.

  • Duración de la jornada laboral, duración de la relación laboral, domicilio donde desarrollará tareas el ingresante, remuneración a percibir expresada en pesos (deberá ajustarse al convenio colectivo de trabajo de la actividad a desarrollar).

  • Número de CUIT del empleador.

  • Deberá ser suscripto únicamente por el empleador ante escribano público y contar con su respectiva legalización, con cláusula que suspenda su inicio hasta tanto el extranjero se encuentre migratoriamente habilitado para trabajar.

  • Ver modelo de contrato de trabajo.

4 - Documentación que acredite los motivos por los cuales se solicita el ingreso de mano de obra residente en el exterior.

5 - Documentación probatoria de la experiencia laboral del ingresante y de la actividad que cumple a la fecha en su país.

6 - En el caso de tratarse de un contrato de trabajo para empleo doméstico, el requirente deberá presentar el título de propiedad o contrato de alquiler del inmueble donde prestará servicios el extranjero, y documentación que acredite la solvencia económica del empleador: últimos tres (3) recibos de haberes en caso de trabajar en relación de dependencia, certificación contable de ingresos y egresos correspondiente a los últimos tres (3) meses legalizada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas, y toda otra documentación que acredite sus ingresos en caso de ser trabajador autónomo o monotributista.

Podrán requerirse mayores elementos probatorios de los extremos alegados por los interesados.

Toda documentación emitida en el exterior deberá contar con sus respectivas legalizaciones y su correspondiente traducción realizada por un traductor público nacional (de corresponder).

¿Cómo hago?

1

Para trámites en Sede Central, solicitá turno escribiendo a [email protected] .

Debés presentar la Nota de Solicitud y la totalidad de la documentación requerida ante el Departamento de Tramitación de Ingresos de la Sede Central de la Dirección Nacional de Migraciones, o ante la delegación DNM que corresponda según el domicilio del requirente.

2

Durante el período de supervisión de la solicitud presentada, podrás seguir el estado de tu trámite.

3

Una vez resuelto el trámite, debés presentarte en donde hayas iniciado la solicitud con el fin de notificarte del otorgamiento del mismo, y poder informarle al extranjero que puede presentarse ante el Consulado Argentino que le corresponda con el fin de obtener su visa.

¿Cuál es el costo del trámite?

Vigencia

3 años

Residencia temporaria por un plazo de hasta TRES (3) años.



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