Presidencia de la Nación

Obtener un permiso de Ingreso temporario como estudiante

Artículo 23 - Inciso "j" de la Ley 25.871 y Artículo 5 - Inciso "a" de la Disposición DNM N°2.040/2019.


Extranjeros nativos o naturalizados de un país ajeno al MERCOSUR que sean requeridos para ingresar al Territorio Nacional por estar inscripto como alumno regular en un establecimiento educativo público o privado perteneciente al sistema de enseñanza oficial, a fin de cursar estudios oficialmente reconocidos de nivel secundario, terciario, universitario o de postgrado.

¿A quién está dirigido?

El REQUIRENTE: Entidad educativa debidamente inscripta en el Re.N.U.R.E.

El APODERADO DEL REQUIRENTE: Con poder suficiente, inscripto en el Registro de Apoderados de la Dirección Nacional de Migraciones.

¿Qué necesito?

DEL REQUIRENTE:

  • Constancia de Inscripción en el Registro Nacional Único de Requirentes (Re.N.U.R.E.). (original y copia).

DEL APODERADO:

  • Poder otorgado por el Requirente, con facultades suficientes para actuar ante este DNM. (original y copia).
  • Credencial de Apoderado de Migraciones vigente (original y Copia).
  • DNI/C.I. vigente del apoderado (original y copia).

DEL INGRESANTE:

  • Constancia de inscripción electrónica al curso pretendido suscripta por el responsable de la entidad educativa, que se encuentre registrado ante el Re.N.U.R.E. para tales fines.
  • Copia completa y actualizada del pasaporte válido y vigente del ingresante.
  • Programa de estudios a realizar.

En el caso de estudiantes menores, deberán presentar autorización de sus padres y acreditar la designación de un representante legal en el Territorio Nacional.

Toda documentación emitida en el exterior deberá contar con sus respectivas legalizaciones y su correspondiente traducción realizada por traducción público nacional (de corresponder).

¿Cómo hago?

1

Presentá la nota de solicitud con documentación correcta y completa en la Dirección Nacional de Migraciones: Av. Antártida Argentina 1355 -CABA o en las Delegaciones de todo el país

2

Durante el período de supervisión de la solicitud presentada, podrá seguir el estado de tu trámite

3

Una vez resuelto el trámite, debes presentarte en donde hayas iniciado la solicitud a los fines de notificarse del otorgamiento del mismo, y poder informarle al extranjero que puede presentarse ante el Consulado Argentino que le corresponda con el fin de obtener su visa.

¿Cuál es el costo del trámite?

Vigencia


Residencia temporaria por un plazo de hasta UN (1) año.



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