Presidencia de la Nación

Obtener un Permiso de Ingreso Transitorio para participantes de programas de Intercambio Cultural o de Voluntariado

Artículo 24°, inciso "h" de la Ley 25.871 y Artículo 10° de la Disposición DNM N°2802/2023.


Aquel extranjero que esté inscripto o sea requerido para ingresar al Territorio Nacional como participante de un programa de intercambio cultural o de voluntariado.

¿A quién está dirigido?

El REQUIRENTE: Entidad organizadora del Programa de Intercambio debidamente inscripta en el Registro Nacional Único de Requirentes (Re.N.U.R.E.).

El APODERADO DEL REQUIRENTE: Con poder/designación con facultades suficientes (ante escribano público o funcionario de la DNM).

¿Qué necesito?

DEL REQUIRENTE:

  • Constancia de Inscripción en Re.N.U.R.E. (sin el Registro Nacional Único de Requirentes que iría arriba en la primera mención al organismo) (original y copia).

DEL APODERADO:

  • Poder otorgado por el requirente, con facultades suficientes para actuar ante la DNM (original y copia).
  • DNI vigente del apoderado (original y copia).

DEL INGRESANTE:

  • Constancia de inscripción electrónica al programa de intercambio suscripta por el responsable de la entidad organizadora, que se encuentre registrado ante el Re.N.U.R.E. para tales fines.

  • Copia completa y actualizada del pasaporte válido y vigente del ingresante.

  • Convenio Internacional o Carta de aceptación.

  • En el caso de estudiantes menores, deberán presentar autorización de sus padres o tutores legales y acreditar la designación de un representante legal en el Territorio Nacional.

Podrán requerirse mayores elementos probatorios de los extremos alegados por los interesados.

Toda documentación emitida en el exterior deberá contar con sus respectivas legalizaciones y su correspondiente traducción realizada por traducción público nacional (de corresponder).

¿Cómo hago?

1

Para trámites en Sede Central, solicitá turno escribiendo a [email protected].

Debés presentar la Nota de Solicitud y la totalidad de la documentación requerida ante el Departamento de Tramitación de Ingresos de la Sede Central de la Dirección Nacional de Migraciones, o ante la delegación DNM que corresponda según el domicilio del requirente.

2

Durante el período de supervisión de la solicitud presentada, podrás seguir el estado de tu trámite

3

Una vez resuelto el trámite, debés presentarte en donde hayas iniciado la solicitud a los fines de notificarte del otorgamiento del mismo, y poder informarle al extranjero que puede presentarse ante el Consulado Argentino que le corresponda con el fin de obtener su visa.

¿Cuál es el costo del trámite?

Vigencia

1 años

Residencia transitoria por un plazo de hasta UN (1) año.



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