Presidencia de la Nación

Habilitación-rehabilitación de fábricas de componentes de materiales de carácter esencialmente militar.

Este trámite te permitirá solicitar la habilitación-rehabilitación de de componentes de materiales de carácter esencialmente militar.


Las habilitaciones de establecimientos destinados a la fabricación de componentes de materiales de carácter esencialmente militar están sujetas a la inscripción anual como Usuario Fabricante. Las mismas se otorgan por un período de cinco años.

¿Qué necesito?

Nota de solicitud, especificando la petición que se efectúa, con indicación de las instalaciones sobre las que se solicita habilitación-rehabilitación, documentación que se agrega, etc., con firma y aclaración del representante legal o titular de la empresa, debidamente certificada. Cabe destacar que la habilitación de cualquier tipo de instalación quedará sujeta a la correspondiente inscripción anual como Usuario Fabricante (Disp. 197/04).

Arancel por un valor de $500.000, mediante Estampillas. (Res. 204/22).

Fotocopias debidamente certificadas de:
Para acreditar carácter en que detenta la instalación a habilitar: Título de dominio o contrato de alquiler, comodato, etc.

Autorización de radicación municipal con expresa mención del rubro, a nombre del solicitante.

Ficha de Datos Técnicos (FDT) N° F3, suscripto por el representante legal o titular de la empresa, con firma debidamente certificada.

Planos firmados por profesional matriculado y por el solicitante, con firmas certificadas de este último, de:
Predio donde se instalará y zonas circundantes, con detalles topográficos.

Distribución de edificios, caminos e instalaciones, a escala no menor de 1:1000.

La construcción de cada edificio, detallando sus instalaciones, y distribución de maquinarias.

Fotografías intervenidas por el representante legal o titular de la causante, en las cuales pueda visualizarse el interior y exterior de las instalaciones.

Condiciones de seguridad contra sustracciones en las instalaciones (fábricas, depósitos y polvorines), a través de la Ficha de Datos Técnicos (FDT) N° F2, suscripta por el representante legal de la causante e intervenido por Policía Jurisdiccional, a los fines de dar cumplimiento a lo ordenado en el art. 420 inciso d) del Decreto N° 302/83.

Memoria descriptiva de los procesos de producción. Los Depósitos o Polvorines incluidos en el proceso de producción deberán habilitarse como instalación individual dentro de la misma planta y con número de habilitación y vencimiento independiente.

Detalle de los materiales que se elaborarán y capacidad máxima de producción de los mismos.

Naturaleza, cantidad y origen de las materias primas necesarias para la producción.

Los titulares de las fábricas deberán contratar póliza de seguro de responsabilidad civil por los riesgos derivados de la manipulación, tenencia y almacenamiento de explosivos y/o materiales.

¿Cómo hago?

Presentá la documentación completa en el Centro de Atención de ANMaC que prefieras.




Descargas

Ficha de Datos Técnicos (FDT) F2 (Anexo XI Disp. 099/04) (130.3 Kb)

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