Presidencia de la Nación

Habilitación-rehabilitación de depósito mayorista de pirotecnia clase II

Si querés realizar una habilitación o rehabilitación de depósito mayorista de pirotecnia clase II debés realizar este trámite ante ANMaC.


La habilitación de estas instalaciones está sujeta a la inscripción como vendedor mayorista de artificios pirotécnicos de venta libre. Su vigencia se extenderá por el plazo que confiera la autoridad comunal o por un año, si aquel fuere mayor.

¿Qué necesito?

Nota de presentación en la que se individualice la instalación de la cual se pretende la habilitación (Disp. 265/05).

Ficha de Datos Técnicos (FDT) F1. Podes obtenerla en el apartado de Descargas de esta página.

Nota especificando las características técnicas de la construcción y materiales utilizados en ella (conforme lo establecido por el Decreto 302/83).

Copia auténtica de la habilitación municipal o constancia de autorización municipal de las instalaciones en que habrá de habilitarse el depósito de artificios pirotécnicos.

Fotografías del inmueble que permitan apreciar el interior y exterior de las instalaciones y, en especial, del sector correspondiente al depósito destinado a la guarda de artificios pirotécnicos.

Planos, firmados por profesional matriculado y por el representante legal o titular de la empresa, con firmas certificadas de este último, con especificación de:

Las instalaciones de planta y corte, en el que se indiquen dimensiones, característicos constructivas etc. de conformidad con las prescripciones de la Disp. N° 058/04.

Los 50 metros alrededor del recinto indicando la presencia, de existir, de lugares de reunión de gente (escuelas, hospitales, iglesias, cinematógrafos, etc.) y lugares de acumulación de inflamables (estación de servicios, pinturerías, etc.).

Memoria descriptiva con carácter de declaración jurada, confeccionada por profesional matriculado de las condiciones de seguridad (Red de Irrigación y protección contra incendios y su planimetría, Resistencia al Fuego de sus muros, etc.) de las instalaciones, y sus características constructivas, mediante nota suscripta por el representante legal o titular de la empresa con firma debidamente certificada.

Formularios Leyes N° 23.283 y 23.412 correspondientes solicitando la inspección de las instalaciones.

Quien solicita el trámite deberá estar inscripto como Vendedor Mayorista de Artificios Pirotécnicos de Venta Libre.

Póliza de seguro de responsabilidad civil por los riesgos derivados del manipuleo, tenencia y almacenamiento de artificios pirotécnicos. Asimismo, están exentos de la obligación de llevar el libro de registro de movimientos de artificios pirotécnicos. Sin perjuicio de ello, los comerciantes inscriptos deberán elevar mensualmente la información contenida en la planilla de movimientos mensuales de artificios pirotécnicos.

La ANMaC inspeccionará las instalaciones a fin de verificar la existencia de las condiciones de seguridad de conformidad con el Anexo II de la Disp. 265/05. De resultar procedente, emitirá un certificado de aptitud técnica de de las mismas. El almacenamiento simple podrá realizarse dentro de los límites urbanos en depósitos mayoristas Clase II hasta doscientos (200) cajones (Decreto 606/10) La habilitación de los Depósitos de Artificios Pirotécnicos Clase II se extenderá por el plazo que en tal sentido confiera la autoridad comunal o por un año, si aquel fuere mayor.

¿Cómo hago?

Presentá la documentación completa en el Centro de Atención de ANMaC que prefieras.

¿Cuál es el costo del trámite?

$300000.00

Pago en estampillas en concepto de arancel correspondiente a la solicitud




Descargas

Ficha de Datos Técnicos (FDT) F1 (Anexo X Disp. 099/04) (118.2 Kb)

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