Presidencia de la Nación

Cambiar el destino de autopartes importadas originariamente para producción

Destinar al mercado de reposición autopartes importadas originariamente para producción, las cuales fueron ingresadas bajo el Régimen de Aduana en Factoría - Decreto N° 688/02 y sus modificatorios. La solicitud deberá realizarse dentro de un plazo máximo de 1 año desde su ingreso.

Gratuito

Las importaciones a consumo de bienes no transformados en el Régimen de Aduana en Factoría (RAF) podrán ser destinadas al mercado de reposición. Tené en cuenta que vas a tener que justificar el cambio de destino ante la Subsecretaría de Industria antes de que se cumpla 1 año desde que importaste las autopartes.

¿A quién está dirigido?

Personas físicas o jurídicas titulares de establecimientos industriales radicados en el país que estén acogidas al Régimen de Aduana en Factoría (RAF).

¿Qué necesito?

Tener CUIT y Clave Fiscal (nivel 2 o superior)

Contar con Trámites a Distancia (TAD) asociado a AFIP

Estar acogidas al Régimen de Aduana en Factoría (RAF).

Justificar el cambio de destino.

¿Cómo hago?

1

Ingresá a TAD con tu CUIT y clave fiscal.

2

Escribí en el buscador “Régimen de cambio de destino de Autopartes” y adjuntá:

  • La información para completar el Formulario de cambio de destino de autopartes
  • Copia del Despacho
  • Estatuto
  • Poder
3

Una vez completado el trámite, vas a recibir un mensaje en Notificaciones de TAD con el resultado.

¿Cuál es el costo del trámite?

Gratuito



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