Presidencia de la Nación

Donación de Sangre sin discriminación

El Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI) elaboró un comunicado en relación al impedimento que tienen las personas de donar sangre por su orientación sexual o su identidad de género.


Desde el INADI, a raíz de varias denuncias hechas por la Comunidad Homosexual Argentina y la Federación LGTB, hemos tomado conocimiento que la Asociación Argentina de Hemoterapia Inmunohemoterapia y Terapia Celular (AAHITC) incluyó como impedimento a “varones que tengan o hayan tenido relaciones entre hombres” y “mujeres que tengan o hayan tenido pareja sexual hombre que tiene también sexo con hombres”.

La orientación sexual y la identidad de género de la persona como impedimento para la donación de sangre constituye una práctica discriminatoria, pero también responde a un discurso médico que históricamente ha patologizado y estigmatizado a las personas Lgtbi+.

Desde el año 2012, el INADI ha recibido denuncias presentadas por asociaciones civiles y por la ciudadanía en general, en relación al impedimento de las personas LGBTIQ+ de donar sangre por el solo hecho de su orientación sexual. En este sentido, mediante la elaboración de dictámenes, se ha pronunciado sobre esta situación como discriminatoria, ya que incluía una falsa opción entre derecho a la salud de las personas potencialmente receptoras y el principio de no discriminación por orientación sexual de los/as donantes en la medicina transfusional, para que toda persona pueda donar sangre, sin violar el principio de no discriminación ni afectar la salud pública.

En septiembre del año 2015, el Ministerio de Salud de la Nación emitió las resoluciones 1507, 1508 y 1509 /2015 vinculadas a la donación de sangre, mediante las que se puso fin a la discriminación institucional hacia la comunidad LGTBIQ+ (lesbianas, gays, transexuales y bisexuales, queers), a quienes se les impedía donar, como también a la exigencia por parte de los hospitales de reposición de sangre a un/a paciente que necesite o no transfusiones. La decisión de la Resolución estuvo atravesada por un cambio de paradigma en el criterio sanitario que sustituye al viejo concepto de “grupos de riesgo” por la consideración de “situaciones o prácticas de riesgo incrementado.” Una medida que fue reparatoria en pos de problematizar el estigma construido en torno a la población LGTB como “grupo de riesgo”. Concretamente, esta norma modifica la Resolución Nº 865/2006, reglamentaria de la Ley Nº 22.990, que contenía un cuestionario (anamnesis) de donación de sangre con una exclusión de las personas gays, lesbianas, travestis, transexuales, bisexuales e intersexuales.

El INADI junto a las organizaciones de la sociedad civil, ha formado parte de la búsqueda de esta medida reparatoria. Se trata de un derecho que nos iguala. Y estamos orgullosos de haber formado parte de ese proceso. Es de suma importancia poder adquirir una nueva mirada en lo que respecta a la donación de sangre, una medida más de no discriminación en un país donde las políticas públicas hacen que todos podamos sentirnos reconocidos como iguales.

Un Sistema Nacional de Sangre seguro, solidario e inclusivo coloca a nuestro país a la vanguardia mundial en materia de igualdad y no discriminación. Es por todo ello, que resulta crucial contribuir al conocimiento y compromiso de los diferentes sectores políticos, para afianzar la construcción de una Argentina más igualitaria e inclusiva, donde todas y todos seamos protagonistas de acciones que integren y aseguren el reconocimiento de los derechos humanos, el acceso integral a la salud sin discriminación y su efectiva implementación para toda la ciudadanía.

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