Presidencia de la Nación

Compresores a tornillos

Resolución 96-E/2017

Procédese al cierre del examen por expiración de plazo de la medida establecida por la Resolución N° 91 de fecha 14 de marzo de 2011 del ex Ministerio de Industria, para las unidades compresoras a tornillos para gases (excepto aire), incluso las del tipo de las utilizadas en instalaciones frigoríficas, con capacidad de desplazamiento volumétrico mayor o igual a doscientos metros cúbicos por hora (200 m2/h), incluso con tablero y motor de accionamiento, originarias de la República Federativa del Brasil, mercadería que clasifica en las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur (N.C.M.) 8414.80.32 y 8414.30.99.

Mantiénense vigentes los derechos antidumping ad valorem definitivos fijados por la Resolución N° 91/11 del ex Ministerio de Industria sobre los valores FOB declarados de treinta y tres por ciento (33 %) para la firma productora/exportadora MAYEKAWA DO BRASIL REFRIGERAÇÃO LTDA.

Fíjase a las operaciones de exportación hacia la República Argentina de unidades compresoras a tornillos para gases (excepto aire), incluso las del tipo de las utilizadas en instalaciones frigoríficas, con capacidad de desplazamiento volumétrico mayor o igual a doscientos metros cúbicos por hora (200 m3/h), incluso con tablero y motor de accionamiento mercadería que clasifica en la posición arancelaria de la Nomenclatura Común del Mercosur (N.C.M.) 8414.80.32 y 8414.30.99, un derecho antidumping ad valorem definitivo y en la cuantía fijada de cincuenta y uno por ciento (51 %) para el resto de los exportadores de la República Federativa de Brasil.

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