Electorado migrante
El Código Electoral Nacional establece que la condición de elector para cargos electivos nacionales, está dado para los argentinos nativos o por opción desde los 16 años de edad y para los argentinos naturalizados desde los 18, siempre que no tengan ninguna de las inhabilitaciones previstas por la ley.
Sin embargo, a nivel sub-nacional se establece la condición de elector para todos los ciudadanos. En ellas, extranjeros pueden elegir cargos provinciales y/o municipales.